Pues eso...
El Lunes acompañe a un amigo a trafico en Barcelona ha hacer un cambio de nombre de su moto (CBR 600, del 2006) que se la ha vendido a un chico de Valencia, al lado de trafico hay una sucursal bancaria donde puedes hacer la gestion de pagar los derechos reales pues la moto tiene menos de 10 años, cual es nuestra sorpresa que el chico que nos atiende nos dice que no podemos hacer el cambio de nombre,que vayamos a trafico y que nos informen...
Nos acercamos a trafico y nos dice que ha entrado una nueva norma de tributos que cada comunidad se queda con sus tributos o algo asi nos comento y que para que pudiera hacer el cambio de nombre tendrian que hacer primero un contrato de compra y venta de la moto, pagar las tasas y despues el chico en valencia tendria que ir a pagar los derechos reales de la moto y despues tendria pasarse por trafico y finalizar el cambio de nombre... asi que el chico solo se a llevado media moto, la otra media la pagara en su Comunida...
Esto nos a planteado una pequeña duda... Entonces si yo con mi moto voy ha valencia y me hace una foto un radar, a quien le tengo yo que pagar la multa??? porque yo no pertenezco a esa comunidad... una Mierda mas que nos hemos quedado pasmados y mi colega acojonado porque se creia que no podia vender la moto. Es porque estamos es Catalunya....
Siento la chapa pero es algo que nos ha indignado bastante...