Otro sin chapita (TOCHO, pero vale la pena)

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EL_SANTO
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Re: Otro sin chapita (TOCHO, pero vale la pena)

Mensajepor EL_SANTO » 29 Jul 2008 14:32

Paglito escribió:
EL_SANTO escribió:
fr4nc15c0 escribió:Solo un par de cosas más:
Pregunta 1: ¿A qué velocidad y rpm. se puede llegar en cada marcha? (yo antes solo llegaba a 8000rpm)
Pregunta 2: En el seguro debería decir algo por deslimitarla? O, como pienso yo, llevo pagando desde que la compré como si llevara 98CV?


1a- Llega hasta las 13.500 RPM, pero cambia segun tu conduccion en cada momento, y como te encuentres comodo

2a- No tienes que decirle nada al seguro, cuando lo contrataste tampoco te lo preguntaron... las motos siempre estan aseguradas a FULL POWER



Wenas camaradas...

Hombre, respecto al seguro... si ya no vas limitado, creo yo que pagarás menos, no?? Puede serte interesante decirlo y puede que te modifiquen la póliza, no??


Una cosilla más... conducir deslimitado cuando debe irse limitado... no es conducir sin carnete???? 'Amos... que te pondrían mirando pa Cuenca y sin vaselina?? A ver si alguien me confirma eso...


En fin, saludos en V's a tod@s...


No he llevado la limitacion fisica, pero si en los papeles. Solo en un caso me han preguntado por ella, pero en mas tono cachondeo y de buen rollo que de verdad.

Dejando de lado esta vez ninguna vez mas me han preguntado sobre esa limitacion
.

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EL_SANTO
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Mensajepor EL_SANTO » 29 Jul 2008 14:35

DOSDOLAGIAL escribió:(teddy),Efectivamente, "conducir deslimitado cuando debe irse limitado" es lo mismo que conducir sin carnet, por lo que a dia de hoy te puede caer:

"pena de prisión de tres a seis meses o multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días" .

Eso que dices no es del todo correcto, el hecho punible es conducir sin permiso de conduccion, pero en ese caso, si tienes permiso de conduccion para motocicletas, sin embargo, la motocicleta que conduces es de superior caballaje, al que te autoriza tu permiso.

Es delito, por lo tanto prision, conducir sin permiso de conduccion, eso incluye conducir con "licencia de conduccion" ( no es permiso).

Por lo que para que conlleve, detencion y puesta a disposicion judicial, se debe de dar la premisa de NO HABER OBTENIDO NUNCA, en España alguno de los permisos de conduccion, todo lo demas denuncia administrativa (un cañazo, gordo).

Todo ello queda explicado en el Art. 384-2 del Codigo Penal Español.


Saludos


Creo que ir deslimitado,cuando deves de ir limitado, la multa es la misma que llevar un motor reprogramado, osea conducir un vehiculo modificado sin haver pasado la ITV para dicha modificacion. (siempre que este limitada en los papeles.)
.



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Padre Migué
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Mensajepor Padre Migué » 29 Jul 2008 20:06

TIGRI escribió:Si si si, todo eso del articulo penal y de mas esta muy bien. Pero sabéis alguien? De algún caso en concreto? Que de por no llevar la chapita correctamente, en un control de carretera te para, y te llevan preso?
....



En teoria, si conduces tu moto desli, con tu peermiso de conduccion A limitao, es solo una infraccion administrativa, incluso aun teniendo el permiso B; por lo que a no ser que no tengas ningun tipo de permiso, solo es infraccion administrativa, es mas, se podria derivar en administrtiva, si lo hubieras tenido y lo hubieras perdido (retirado, o caducado):

De hecho si es retirado por un juez, quebrantamiento de condena, si lo es por la D.G.T., infraccion administrativa

Otro caso seria el hecho intrinseco de lo que es la manipulacion de la chapita, ahí, rizando el rizo, se puede entrar por lo penal; pero claro eso se supone que no lo haces tu, lo hace un taller, y lo unico que te obliga la ley es a declarar como testigo, nunca como acusador, por lo tantooooo.

De todo esto lo que se deduce que la accion penal (detenio y al juez), va para los que NUNCA AN TENIDO PERMISO.

sALUDOS

QUE BONITA ES LA LEY PARA VOSOTROS QUE LAS HACEIS, OS SATISFACE PERSONALMENTE
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EL_SANTO
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Mensajepor EL_SANTO » 29 Jul 2008 20:12

DOSDOLAGIAL escribió:
TIGRI escribió:Si si si, todo eso del articulo penal y de mas esta muy bien. Pero sabéis alguien? De algún caso en concreto? Que de por no llevar la chapita correctamente, en un control de carretera te para, y te llevan preso?
....



En teoria, si conduces tu moto desli, con tu peermiso de conduccion A limitao, es solo una infraccion administrativa, incluso aun teniendo el permiso B; por lo que a no ser que no tengas ningun tipo de permiso, solo es infraccion administrativa, es mas, se podria derivar en administrtiva, si lo hubieras tenido y lo hubieras perdido (retirado, o caducado):

De hecho si es retirado por un juez, quebrantamiento de condena, si lo es por la D.G.T., infraccion administrativa

Otro caso seria el hecho intrinseco de lo que es la manipulacion de la chapita, ahí, rizando el rizo, se puede entrar por lo penal; pero claro eso se supone que no lo haces tu, lo hace un taller, y lo unico que te obliga la ley es a declarar como testigo, nunca como acusador, por lo tantooooo.

De todo esto lo que se deduce que la accion penal (detenio y al juez), va para los que NUNCA AN TENIDO PERMISO.

sALUDOS

QUE BONITA ES LA LEY PARA VOSOTROS QUE LAS HACEIS, OS SATISFACE PERSONALMENTE


Mas o menos es lo ke tenia entendido.
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Mensajepor Padre Migué » 29 Jul 2008 20:18

EL_SANTO escribió:[
Creo que ir deslimitado,cuando deves de ir limitado, la multa es la misma que llevar un motor reprogramado, osea conducir un vehiculo modificado sin haver pasado la ITV para dicha modificacion. (siempre que este limitada en los papeles.)


Lo que ocurre y lo veras en los permisos de conducir, desde hace unos años, es que en el apartado de el de moto, existen dos el A-1 y el A; y dentro del A, dos categorias, que se llaman: A y A +, y al lado sus fechas de validez, cuando te acabas de sacar el permiso A (limitao), en el 1º grupo te pone la fecha de obtencion, y en el A +, te pone desde y la fecha es dos añosd despues, por lo que hasta dos años, no puedes conducir las motos "libres"; osea que aunque tengas el permiso no es valido hasta despues de dos años (curiosamente, eso no le pasa a los "niñatos, de la "L", que solo se les "limita", sus "latas" de 150CW, con la susodicha "L").

Lo del motor "tocao" o reprogramado es otra historia: (realizar reformas de importancia en el vehiculo, sin haber poasado la correspondiente ITV)

Saludos
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Mensajepor Padre Migué » 29 Jul 2008 20:34

PERDONA, EL_SANTO, es que me liao y no te he explicao la relacion penal, con la "chapita", como he dicho por ese sitio, se puede entrar de puntillas, ya que el tocar la chapita, puede ser y cogiendolo con pinzas, un supuesto fraude u otro Art. del codigo penal, en plan rollo salvaguarda de la integridad de las personas o bienes, ya sabes los que tienen para usar los moralistas (pero tu no la tocas, la toca el taller), lo normal, es lo dicho en el post anterior "la reforma.....".

Lo que si te digo que es norma entre los "meleteritos" de trafico, es evitar las detenciones tontas, este tema no es lo mismo que robar o matar, tec..., se opta mas por la via administrtiva, que dicho sea de paso es mas Put...., que la via penal, ya que en la penal se debed de demostrar la culpabilidad, y en la administrativa te "cascan" y luego recurres.

Un saludo
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Mensajepor EL_SANTO » 29 Jul 2008 21:26

DOSDOLAGIAL escribió:PERDONA, EL_SANTO, es que me liao y no te he explicao la relacion penal, con la "chapita", como he dicho por ese sitio, se puede entrar de puntillas, ya que el tocar la chapita, puede ser y cogiendolo con pinzas, un supuesto fraude u otro Art. del codigo penal, en plan rollo salvaguarda de la integridad de las personas o bienes, ya sabes los que tienen para usar los moralistas (pero tu no la tocas, la toca el taller), lo normal, es lo dicho en el post anterior "la reforma.....".

Lo que si te digo que es norma entre los "meleteritos" de trafico, es evitar las detenciones tontas, este tema no es lo mismo que robar o matar, tec..., se opta mas por la via administrtiva, que dicho sea de paso es mas Put...., que la via penal, ya que en la penal se debed de demostrar la culpabilidad, y en la administrativa te "cascan" y luego recurres.

Un saludo


Muchas gracia spor la info.

Como veo que controlas, te mareo un pelin mas.

Yo ahora no tengo porque ir limitado (tengo los 2 añitos de karnet), la moto no esta limitada fisicamente pero si en papeles, ya que en corto o medio plazo la utilizara mi novia, y es tonteria (y caro) deslimitarla para volverla a limitar de nuevo.

Que me puede spasar si me pillan. Aunque dudo que me digan algo, los mossos miran papeles y seguro, no se meten en nada mas. Pero me gustasria saver que puede pasar. Ya que yo puedo conducir la moto tal como esta, pero no coincide el caballaje real con el de los papeles.
.



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Mensajepor Padre Migué » 29 Jul 2008 22:33

En teoria, bueno y en practica; la limitacion es la forma fisica de la "L", con la "L", no puedes pasar ciertos limites de velocidad, grado de alcoholemia mejor, etc..., lo que pasas es que con la moto los limites son fisicos, y tu puedes conducir el coche de un "L", quitandosela, pero la moto es distinto, la limitacion en teoria solo se quita en el taller y despues pasarla por ITV; entonces, una persona que tiene un permiso superior, puede conducir un vehiculo de permiso inferior; nosotros podemos conducir 125 cc; pero al reves no, por lo que mi consejo sigue con ella limitada y la limitacion se la quitas cuando tu quieras; si te preguntan; _es que mi novia tambien la usa y ella esta limitada_.

Saludos
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Mensajepor Padre Migué » 29 Jul 2008 22:40

EL_SANTO escribió:Que me puede spasar si me pillan. Aunque dudo que me digan algo, los mossos miran papeles y seguro, no se meten en nada mas. Pero me gustasria saver que puede pasar. Ya que yo puedo conducir la moto tal como esta, pero no coincide el caballaje real con el de los papeles.


PERDON, hoy se me va la pinza; respecto a lo de arriba; muy sencillo, tu carnet, ya no esta limitao, por lo que si conduces con la moto sin limitar (fisica) "no problemo", siempre y cuando los mossos te quieran "endiñar", por no haber pasao la ITV, y llevarla limita de papeles; entonces es cuando entra a trabajar, la figura española por excelencia, EL PICARO, es cuando le explicas que a su vez LA ESTA UTILIZANDO TU NOVIA que si esta limita, no creo que halla problema; bueno supongo, la mente humana es harto retorcida.


Saludos
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Mensajepor EL_SANTO » 30 Jul 2008 00:27

DOSDOLAGIAL escribió:
EL_SANTO escribió:Que me puede spasar si me pillan. Aunque dudo que me digan algo, los mossos miran papeles y seguro, no se meten en nada mas. Pero me gustasria saver que puede pasar. Ya que yo puedo conducir la moto tal como esta, pero no coincide el caballaje real con el de los papeles.


PERDON, hoy se me va la pinza; respecto a lo de arriba; muy sencillo, tu carnet, ya no esta limitao, por lo que si conduces con la moto sin limitar (fisica) "no problemo", siempre y cuando los mossos te quieran "endiñar", por no haber pasao la ITV, y llevarla limita de papeles; entonces es cuando entra a trabajar, la figura española por excelencia, EL PICARO, es cuando le explicas que a su vez LA ESTA UTILIZANDO TU NOVIA que si esta limita, no creo que halla problema; bueno supongo, la mente humana es harto retorcida.


Saludos


Trabajo como vendedor... creo que seria capaz de "venderle la moto"... Como tantas veces lo he hecho ya...

Gracias por todo.
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TIGRI
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Mensajepor TIGRI » 30 Jul 2008 08:33

wundel escribió:Por este foro ya hay gente multada por el tema de la limitación. Cómo vieron si estaba o no limitada, que lo cuenten ellos.

Busca en el foro y verás a los que han crujido...


OK,OK
Lo mirare, sabes de alguna discusión en concreto para centrar la búsqueda te lo agradecería;
un saludo :D
No culpes a nadie, nunca te quejes de nada ni de nadie porque fundamentalmente tú has hecho tu vida..
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Dottoremad
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Mensajepor Dottoremad » 03 Ago 2008 18:06

Buenas!!

Mi FZ6S esta limitada en papeles.
Al comprarla estaba limitada fisicamente, tenia la chapita famosa pero en el taller de unos amigos donde verificaron la moto, me la quitaron dado que yo tengo el Carnet sin limitacion alguna.

Ahora me toca pasar ITV y no encuentro la Chapita por ningun lado..por lo que fui a la ITV a pedir el formulario para que el taller certificara la deslimitacion.Alli me dijeron que ademas debia presentar un certificado de Yamaha.Al solicitarlo en un Concesionario Yamaha me dijeron que les cobraban 50 eur.AL oir esto llame a Yamaha y me fueron psando con gente, hasta hablar con el Jefe de ventas de Yamaha de Madrid.Me dijo que le parecia excesivo y llamo al conce.

AL final me dijeron que les habia dicho que me cobrasen solo 20 eur.


20 EUR!!!!! pense yo...

Total que me sigue pareciendo fatal.

Por tanto he pensado en ir a la ITV no decir ni muuu y ver que pasa.
Si la paso el conce de Yamaha que se coma el certificado y sigo con la moto limitada en papeles..¿Por lo que he leido creo que al no tener el carnet limitado aunq este en papeles limitada estoy circulando legalmente no ??

Si podeis confirmarmelo os lo agradeceria y si es asi que opinais dado que tb pienso que el dia que la venda sera mas vendible estando limitada en papeles a pesar de no tener la chapa no??

gracias
Imagen

SALUDOS A TODOS LOS ENLATADOS QUE NOS RESPETAN !!
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Mensajepor Padre Migué » 04 Ago 2008 22:01

Por tanto he pensado en ir a la ITV no decir ni muuu y ver que pasa.
Si la paso el conce de Yamaha que se coma el certificado y sigo con la moto limitada en papeles..¿Por lo que he leido creo que al no tener el carnet limitado aunq este en papeles limitada estoy circulando legalmente no ??

Si podeis confirmarmelo os lo agradeceria y si es asi que opinais dado que tb pienso que el dia que la venda sera mas vendible estando limitada en papeles a pesar de no tener la chapa no??

gracias[/quote]

Si, y no; SI CONDUCES bien ya que tu no estas limitao de carnet, por lo que puedes conducir, motos "inferiores".
NO CIRCULAS, correctamente, ya que si te ligan con la moto limita en papeles, pero no fissicamente, has "realizado una reforma de importancia sin haber pasado la correspondiente ITV".
Espero haberte ayudado.
Saludos
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Dottoremad
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Mensajepor Dottoremad » 05 Ago 2008 00:18

Buenas.muchas gracias por tu respuesta.

AL final he deslimitado la moto leglamente(en papeles) al pasar la ITV, pero no os podeis imaginar lo que me ha costado.

En el famoso certificado los de los concesionarios de Ymaha y Yamaha tiene organizado un VERGONZOSO sistema.

Me envian el certificado autorizando a realizar la reforma nominalmente a sus conce oficial, decir el que lo pide dado que te obligan a pedirlo a traves de un conce.

De modo que asi ademas de cobrarte por el certificado de Yamaha(50 eur si no te quejas) si la ITV no te lo da ok con el certificado de tu taller , estas obligado a que su taller oficial emita el certificado de haber relizado la reforma,cosa que es falsa.Asi consiguen cobrarte 2 veces (80 eur mas) por emitir un certificado de algo que no han hecho.

AL parecer Yamaha actua de este modo dado que otras marcas como Suzuki emiten los certificados sin limitarte a ningun talller en concreto,no ponen nombre especifico......

Total que no me han aceptado los certificados en 2 ITVS (Las Rozas y Villalba)curiosamente las 2 del mismo grupo...dado que al parecer segun me han dejado ver "no pasan ni una deslimitacion de ese conce)

Finalmente en la 3a ITV que he ido(he perdido todo el dia) han aceptado los certificados y por fin la he deslimitado legalmente.


Abrazos
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SALUDOS A TODOS LOS ENLATADOS QUE NOS RESPETAN !!
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TIGRI
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Mensajepor TIGRI » 05 Ago 2008 06:37

Enhorabuena!!!
Ahora ya puedes ir de legal por que ya como esta el tema no se sabe muy bien cuando lo vas [smilie=wow2.gif] [smilie=wow2.gif] [smilie=wow2.gif] [smilie=wow2.gif]
En fin que viene bien saber todo esto de los certificados y esas cosas,
Un saludo y a disfrutarrrrrrrrrrrrr
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