A un colega le han dado gato por liebre, AYUDA

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Harry Manback
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Mensajepor Harry Manback » 29 Abr 2008 18:39

N-IV escribió:y si no está muy puesto, porqqué antes de comprarla no la llevó al mecanico para que la revisara... :?: ahora son todo problemas y dinero para el abogado... :roll:


Lo hecho hecho esta, para mi tambien se precipito en la compra, pero agua pasada no mueve molinos... y no creoq urgar en la herida del chaval fuer ala solucion, creo q ha aprendido muy bien la leccion.
MUEBLEUVE
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Mensajepor MUEBLEUVE » 29 Abr 2008 18:46

Harry Manback escribió:
N-IV escribió:y si no está muy puesto, porqqué antes de comprarla no la llevó al mecanico para que la revisara... :?: ahora son todo problemas y dinero para el abogado... :roll:


Lo hecho hecho esta, para mi tambien se precipito en la compra, pero agua pasada no mueve molinos... y no creoq urgar en la herida del chaval fuer ala solucion, creo q ha aprendido muy bien la leccion.


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blacksniff
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Mensajepor blacksniff » 29 Abr 2008 20:53

me alegro que se haya arreglado.

eso es algo positivo, y por lo menos aprendemos también los demás.
kitos
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Mensajepor kitos » 29 Abr 2008 21:14

JODER vi el post en motos.net del chaval el dia que la trajo contentisimo con ella. Vaya faena, de todas formas una moto con 4 o 5 años que calculo que tiene con 13.000 km.... da que pensar. Es lo primero que se me vino a la cabeza cuando vi su post presentando la moto.

Un saludo!
Wolbery
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Mensajepor Wolbery » 30 Abr 2008 01:23

blacksniff escribió:por lo menos aprendemos también los demás.


Estoy de acuerdo, así refrescamos la idea de "no te fies ni de tu padre"

Me alegro de que todo se arreglara satisfactoriamente.

Un saludo!! V'ssss
N-IV
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Mensajepor N-IV » 30 Abr 2008 16:43

MUEBLEUVE escribió:
N-IV escribió:y si no está muy puesto, porqqué antes de comprarla no la llevó al mecanico para que la revisara... :?: ahora son todo problemas y dinero para el abogado... :roll:


Joderrrrr N-IV...te veo un poco negativo últimamente, el chaval ya lo ha arreglado, no le des más caña :wink: :wink:



¿negativo?


bueno si a él ya no le sirve, haber si lo tienen en cuenta los futuros compradores ingenuos de motos taradas...aunque creo que siempre habrá alguno que pique :?
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Glock
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Mensajepor Glock » 10 May 2008 10:11

Es una gran putada, que nos puede pasar a todos, pero para vustro conocimiento, todas las trasacciones entre particulares, estan reguladas por el Codigo Civil, aui os paso los articulos, ya que pienso que es de interes para todos los que compramos, sin conocer el verdadero estado del producto adquirido:

Artículo 1484
El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos.
Artículo 1485
El vendedor responde al comprador del saneamiento por los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida, aunque los ignorase. Esta disposición no regirá cuando se haya estipulado lo contrario, y el vendedor ignorara los vicios o defectos ocultos de lo vendido.
Artículo 1486
En los casos de los dos artículos anteriores, el comprador podrá optar entre desistir del contrato, abonándosele los gastos que pagó, o rebajar una cantidad proporcional del precio, a juicio de peritos. Si el vendedor conocía los vicios o defectos ocultos de la cosa vendida y no los manifestó al comprador, tendrá éste la misma opción y además se le indemnizará de los daños y perjuicios, si optare por la rescisión.
Artículo 1487
Si la cosa vendida se perdiere por efecto de los vicios ocultos, conociéndolos el vendedor, sufrirá éste la pérdida, y deberá restituir el precio y abonar los gastos del contrato, con los daños y perjuicios. Si no los conocía, debe sólo restituir el precio y abonar los gastos del contrato que hubiese pagado el comprador.
Artículo 1488
Si la cosa vendida tenía algún vicio oculto al tiempo de la venta, y se pierde después por caso fortuito o por culpa del comprador, podrá éste reclamar del vendedor el precio que pagó, con la rebaja del valor que la cosa tenía al tiempo de perderse. Si el vendedor obró de mala fe, deberá abonar al comprador los daños e intereses.
Artículo 1489
En las ventas judiciales nunca habrá lugar a la responsabilidad por daños y perjuicios; pero sí a todo lo demás dispuesto en los artículos anteriores.
Artículo 1490
Las acciones que emanen de lo dispuesto en los cinco artículos precedentes se extinguirán a los seis meses, contados desde la entrega de la cosa vendida.

Saludos en v´sssss.
Manuel.
Valencia.
Yamaha FZ1 Midnight Black´07
EX-Yamaha Tmax Midnight Black ABS´06.
Imagen

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