Moto en garaje??

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kevins
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Mensajepor kevins » 24 Feb 2010 00:47

De todas maneras aqui os dejo lo que me puso el de la ocu:
Estimado Sr. garcia:



Acusamos recibo de su e-mail de fecha 17 de febrero de 2010, en el cual nos realiza una consulta sobre el uso de las plazas de garaje en relación con la utilización de la misma para aparcar un coche y una moto.



En este sentido, lamentamos comunicarle que la definición de plaza de garaje admitida tanto a nivel jurisprudencial como doctrinal es aquella porción determinada de terreno, fuera de las vías públicas pero con acceso a ellas, al aire libre o dentro de una edificación, cuya finalidad es el estacionamiento de un vehículo.



Habida cuenta lo expuesto, entendemos que cualquier modificación de este uso requiere la aprobación de la junta de propietarios, en principio por unanimidad, dado que en el título constitutivo suele venir expresamente establecido que es para estacionamiento de vehículos y es un cambio del uso.



Además, si la comunidad tiene contratada alguna póliza de seguro, en caso de siniestro, suele venir como exclusión la utilización de las plazas de garajes por más de un vehículo.



De una forma u otra, cada comunidad trata este tema de forma distinta, admitiéndose en algunos casos y en otros no.



No obstante lo expuesto, si usted entiende vulnerado su derecho, tiene 3 meses para impugnar judicial dicho acuerdo por considerarlo gravemente perjudicial para sus intereses.



E Le saluda atentamente,



ASESORÍA JURÍDICA DE LA OCU


y yo pregunto... que consecuencias sacais de esto? un saludo y que siga el debate.
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quiquetex
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Mensajepor quiquetex » 24 Feb 2010 04:12

Pues bien lo dice la OCU,la ley te deja solo tener 1 vehiculo en tu plaza,so pena que en los estatutos de tu comunidad establezca otra cosa.

Sobre el seguro clarito queda,solo cubre 1 vehiculo.

Dicho todo esto me alegro de vivir en mi comunidad, donde puedo dejar mi moto en mi plaza y ademas colocar un sistema antirrobo como el Wilock.
La grandeza de una nacion y su progreso moral pueden ser juzgados por la forma en que son tratados sus animales.MAHATMA GANDHI.
kevins
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No esta todo perdido

Mensajepor kevins » 24 Feb 2010 05:39

he seguido mirando por hay y he visto una sentencia que beneficia a la gente que metemos la moto con el coche que es interesante:



"citamos la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería de 28 de julio de 2003, conforme a la cual "..... el estacionamiento de dos vehículos en una plaza de garaje no constituye por sí misma una actividad molesta o prohibida, ....".

Además, los tribunales no permiten que mediante estipulación contenida en los estatutos o mediante acuerdo de la comunidad de copropietarios se pueda limitar su derecho de propiedad sobre la plaza. Es decir, con arreglo a las limitaciones expuestas, no pueden exigirle que aparque un solo vehículo si en su plaza caben dos vehículos o un vehículo y un ciclomotor perfectamente y sin causar molestias.

Por ejemplo, la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza en fecha 24 de junio de 2002 dispuso en un caso similar al suyo que "... es evidente que la prohibición impuesta por la Comunidad a los copropietarios de estacionar dos vehículos en una plaza, pese a gozar la misma de las dimensiones suficientes, entraña una limitación al derecho soberano de propiedad, impuesta sin soporte justificativo alguno, que podría venir sólo determinado por el desarrollo de las actividades relacionadas en el número 2 del Artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (actividades prohibidas en los Estatutos, dañosas para la finca o contrarias a las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas), no siendo el caso, y que contraviene claramente lo específicamente dispuesto en el Artículo 348 del Código Civil.

No puede, por otro lado, ampararse dicha limitación en supuestas exigencias derivadas de la seguridad del edificio, o en supuestos usos o costumbres de la Comunidad, por cuanto, como bien señala el recurrente, la licencia de apertura de garaje no establece limitación alguna del número de vehículos a estacionar en el mismo, debiendo, en todo caso, adaptarse la Comunidad a la normativa municipal de incendios aplicable, si entiende que su contenido (coches) exige mayores elementos de seguridad, lo que no se ha acreditado, no siendo el proyecto de edificación del garaje instrumento idóneo para determinar el aprovechamiento de las plazas construidas, y, por último, porque la costumbre o uso esgrimido por la Comunidad, evidentemente, no ha sido aceptada por todos los condóminos...".

Por último, sí es cierto que pueden existir ciertos inconvenientes en cuanto a la cobertura del seguro de incendios de su comunidad, puesto que habitualmente el seguro otorga cobertura atendiendo al número de vehículos con autorización para estacionar y no a los metros cuadrados de superficie del garaje."
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motomax
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Mensajepor motomax » 24 Feb 2010 06:52

Que ley mas absurda no??? Bueno,como muchas otras.

Mientras que no moleste no tendria que pasar na. :shock: :shock: :shock:
Sergio Cantabron!
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tronk
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Mensajepor tronk » 24 Feb 2010 06:54

Kevins, no le des más vueltas, mete la moto con el coche, intentando no molestar a nadie, y asunto arreglado. 8)
Charly
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varo
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Mensajepor varo » 24 Feb 2010 09:08

A ver, por partes. En mi Comunidad hubo varios al principio que se pusieron tontos, que si el seguro no paga en caso de incendio (MENTIRA, ya que el seguro si es verdad que asegura vehículos y no plazas de garaje, son muy listos, pero les toca pagar religiosamente)que si teniamos que pagar el doble de comunidad y varias sandeces más.

Al final todo quedó en nada. Bueno decir que me he informado y la ley lo que exige es no pasar los limites e invadir las zonas comunes. Tu en tu plaza puedes meter los vehículos que te dé la gana. Si se ponen de acuerdo los vecinos de ir a juicio (lo dudo ya que son bastantes costes económicos) lo podrías tener ganado (aunque eso ya sabemos que siempre depende del juez de turno), ojalá te tocara un motero, jeje. En mi plaza de garaje hay muchos vehículos que sobrepasan los 4,50 que mide e invaden las zonas comunes. Si algún día decidieran denunciarme, tomaría fotos de esos vehículos que invaden las zonas comunes y entonces más de uno tendría que aparcar en la calle. En resumen, mi consejo, mete la moto a ser posible detrás del vehículo (que así les cuesta un poquito más robarla) y pon un anclaje en el suelo atándola con una pitón o una U, después algún antirrobo de disco o alarma y un seguro con robo. Ah ponle una funda para evitar las humedades y a los curiosos.

Voy a dejar algunos enlaces relacionados que por cierto uno es de la OCU diciendo todo lo contrario a lo que te han dicho a ti (eso es que te tocó el enlataó cabreao).

Por lo tanto ya sabes mi consejo: APARCA LA MOTO.

Siento el tostón.
saludos

http://www.ocu.org/un-coche-y-una-moto- ... 312814.htm
http://www.bmwfaq.com/f7/muy-interesant ... ng-296544/
http://www.porticolegal.com/foro/propie ... os+a+motor
http://www.lexureditorial.com/foro/409.htm
http://www.masmoto.net/blog/index.php/2 ... e-parking/
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quiquetex
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Mensajepor quiquetex » 24 Feb 2010 14:46

Toma ya que le den a los vecinos molestos,con la ley en la mano puedo meter en mi plaza de garaje lo que me salga de los "guevos".


Gracias Varo y Kevins por molestaros en buscar las respuestas y enlaces. :wink:
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