MARVIN escribió:...la noticia dice muy claramente que se prohibira la circulación de esos vehiculos en las horas indicadas, pero que superen el nivel de ruido determinado reglamentariamente.
Lo que me vengo a referir es que no seamos fatalistas ni vayamos de victimas con que nos están persiguiendo, segun la noticia se está restringuiendo la circulación de esos vehículos, perfecto, pero eso será siempre y cuando superen el ruido reglamentariamente establecido de forma estatal, porque habla de "supuestos de rigurosa necesidad", para mi moverme con mi moto es una rigurosa necesidad,...
Me he leido el articulo por segunda vez y con mas detenimiento, y cada vez que lo leo, veo que está mal redactado pues se contradice cada dos por tres....
Me explico.
Dice para comenzar: "En lugar de perseguir y hacer valer la ley que limita las emisiones acústicas de todos los vehículos, prohibe la circulación durante las noches de verano. Así, en esta localidad hoscense, no se podrá circular en moto, ciclomotor o quad desde las 23 horas a las 5,30 horas, desde el 1 de junio al 30 de septiembre."
Con esto entendemos que no se puede circular en moto o ciclomotor a partir de esa hora, da igual como sea dicha moto.
Luego dice:"...la web del propio Ayuntamiento de Monzón, que ampara esta normativa en la Ley de Seguridad Vial, que prohíbe circular a los vehículos que superen los niveles de emisión de ruido establecidos reglamentariamente..."
Joder, esto es de perogrullo...cualquier vehículo que supere el limite de decibelios no puede circular, independientemente que cual sea....
Tras esto pasa a reproducir la noticia que aparece en la web del Ayuntamiento: "...El Ayuntamiento ha reeditado el Bando de Alcaldía que restringe la circulación de ciclomotores por la ciudad durante los meses de verano. En concreto, “motocicletas, ciclomotores y cuadriciclos (quads)” tienen prohibido circular por el casco urbano en horario de once de la noche a cinco y media de la mañana del 1 de junio al 30 de septiembre, “salvo en los supuestos de rigurosa necesidad”..."
Esto viene a decir lo que he comentado primero, ninguna moto puede circular, sin especificar el volumen de decibelios que tenga.
Recuerda después que: "...El texto recuerda que la Ley de Seguridad Vial prohíbe circular a los vehículos que superen los niveles de emisión de ruido establecidos reglamentariamente..."
Recuerdo que esto sí es lógico.
Resumiendo, dicen que amaparándose en la ley que prohibe la circulación a todo vehículo que supere los límites de decibelios permitidos, pasando por el "artículo 33" a decir que cualquier moto o ciclomotor no circule de 23.00 a 5.30 en las fechas indicadas.
....Y hay gente que se quejaba de la dictadura....estamos volviendo a lo mismo....hago lo que quiero cuando quiero y como quiero.
No creo que sea muy legal el tema.
Vsssssssssssssss