Seguros y limitaciones compatibilidades

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Mensajepor pin » 14 Jul 2007 18:31

el funcionamiento para deslimitarla es el siguiente.

llevar la moto a un taller autorizado en nuestro caso yamaha, ellos te lo kitan, ellos mandan un papel a barcelona donde dicen ke lo han kitado, barcelona remite otro papel al taller donde dice ke la moto le han kitado la limitacion, este papel, cuesta alrededor de 150 euro, con este papel y tus papeles vas a itv pasas y desaparece la limitacion de tus papeles y punto esto es asi.

AHORA BIEN, es legal llevar la moto limitada solamente en papeles, si ya tienes mas de dos años de carnet y asi ahorrarte estos 150 euros?????

volvemos a lo mismo a efectos de la policia no te pueden decir nada, supongo. porque?

-llevas un seguro con la moto sin limitar, es decir, 98 cv en nuestro caso
- no llevas una L como en los coches puesta
. es mas un tio con la moto limitada, la puede prestar, no hay nada ke diga que la moto no se puede prestar, e incluso, los seguros no son personales van a la moto y al conductor en el momento de que tienes mas de 27 años,
ACLARACION no se si sabeis ke el tema del seguro pone que no puede conducir otra persona, que no la cubriria, eso es cierto, pero solo si es menor de 27 años, a partir de 27 años puede cogerla cualquiera que va cubierto por el seguro.

lo unico que veo en toda esta historia denunciable pero nunca a efectos del seguro y de accidentes, es que no lleves un papel de kien ha kitado esa limitacion, es decir que te puedan denunciar por haber kitado tu mismo la chapita y no un taller especializado.

Deciros que yo tengo carnet desde el 89 y la fz6 que tenia antes, la compre de segunda mano y venia limitada en papeles, me han parado varias veces en estos 3 años ke la he tenido y han visto el sello de ke esta limitada y mi carnet desde el 89 y nunca me han dicho esto porke esta limitada si no tiene ke estar limitado.
y hay gente ke esta en este caso ke ya no tiene porke tener la limitacion y sigue teniendola puesta y llegara el dia ke tengais ke pasar la itv y la pasareis seguro, no os pueden decir nada, en la itv se meten con el vehiculo no con el ke lo conduce, no va pasar nada,

IMAGINAROS UN caso hipotetico

Mi hijo tiene 18 años se compra la moto y la limita, pone el seguro a su nombre, todo legal, y yo que soy el padre mayor de 27 años puedo cojer esta moto aunque este puesto el seguro a nombre de mi hijo, soy mayor de 27 a efectos de seguro me la puede prestar, que hago, la moto la usamos los dos, el los lunes martes y miercoles y yo el resto de la semana, que pasa la estamos limitado los lunes y le kito la limitacion los jueves. menuda mierda si esto fuese asi no creeis
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KikoFZ6S
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Mensajepor KikoFZ6S » 14 Jul 2007 20:58

Aclaro un un punto sobre el tema de la limitación:

Llevar la moto sin limitar fisicamente pero si en papeles te puede acarrear problemas en caso de un accidente en el que haya daños personales y se vaya a juicio, porque juridicamente por mucho que la lleves limitada en papeles según la ley es como si fueras sin carnet por lo que el seguro se puede lavar las manos. Que la guardia civil te pare y no sepa ver si está limitada fisicamente o no es otra historia. (aunque como podeis haber leido por aquí hay guardias civiles que si que lo saben, por que tiene ese modelo, porque sea motero o por lo que sea.)

Una vez cumplidos los 2 años para deslimitarla:

Para deslimitar la moto lo ÚNICO que hace falta es que un taller autorizado certifique por escrito las nuevas caracteristicas técnicas de la moto, con ese certificado te vas a la I.T.V. y el ingeniero inscribe en tus papeles algo así como restauradas las caracteristicas originales de moto, no me acuerdo de memoria pero algo así, ya tá, no hace falta más, el coste 40€ por quitar la chapita y el certificado (y me llevaron la moto a la ITV el taller) y unos 18€ de I.T.V., lo digo con conocimiento de causa ya que yo la deslimité hace unos meses, que te quieran cobrar más en un taller y cuenten una pelicula y te sableen 150 o 200 € es otro cantar.

Ahora el tema legal, conducir con unas características fisicas diferentes a los que figuran en la Ficha Tecnica está prohibido y es sancionable e incluso te pueden inmovilizar el vehículo, en este caso pasados los 2 años puedes conducir todo tipo de motocicletas de cualquier cilindrada o potencia pero no puedes llevar el vehículo limitado en papeles y no limitado físicamente. (Esto es valido para cualquier vehículo que se le varien las caracteristicas técnicas del vehículo.)

Si la dejas limitada fisicamente y en papeles aún habiendo cumplido los 2 años es perfectamente legal y no tiene ningún tipo de sanción y ninguna autoridad competente ni la ITV te va a decir nada por ello porque como ya dije anteriormente estás capacitado para conducir cualquier motocicleta de cilindrada y potencia y la ficha tecnica se correponde con la realidad.

Bueno como diría Buruaga así son las cosas y así se las hemos contado.....

P.D.: Peazo de tocho.

V´sssss
Kehise
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Mensajepor Kehise » 14 Jul 2007 21:54

Voy a crear polemica......

Digamos que

A tienes mas de 2 años de carnet

B tienes la moto limitada en papeles

C no está limitada fisicamente.

¿Son las caracteristicas tecnicas de la moto las misma que indica la ficha tecnica???????

Respuesta. NO esta vez por exceso, cuando va limitada solo en papeles es el caso contrario... por defecto.

Es "legal??? Creo que ambas practicas son ilegales y sancionables

Que diferencia veo yo... pues la diferencia está en el carnet de conducir no en la moto.

Si va limitada en papeles llevas una moto sin carnet para hacerlo.

Si va limitada en papeles y ya no tienes capado el carnet.... No problem con el carnet.

Ahora vuelvo a lo que dice pin..... fisicamente tienen que comprobarlo en la itv y mandarte a una extraordinaria si "sospechan" que no esta limitada debiendo estarlo..... pero si no tienes capado el carnet ¿que le importa al guardia???? Si fuese por no "casar" las caracteristicas tecnicas con las reales.... al cambiar escapes tendríamos que pasar una ITV pero no para el ruido sino porque varía la potencia de la moto y la relacion peso/potencia.
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KikoFZ6S
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Mensajepor KikoFZ6S » 14 Jul 2007 22:15

Kehise escribió:Voy a crear polemica......

Si fuese por no "casar" las caracteristicas tecnicas con las reales.... al cambiar escapes tendríamos que pasar una ITV pero no para el ruido sino porque varía la potencia de la moto y la relacion peso/potencia.


Kehise la razón por la que no tienes que pasar la ITV y reflejarlo en la ficha técnica al cambiar unos escapes es porque los fabricantes ya se han preocupado antes de homologar y certificar el producto en Industria en todos los paises en los que vaya a venderlos, por eso llevan un certificado escrito o grabado en los escapes o una chapita remachada que si que es obligatoria llevar, sino tuviera las homologaciones pertinentes no podrías circular en la vía pública con él y las autoridades te podrían sancionar e inmovilizar el vehículo y por supuesto en la ITV te la echarían para atrás.

Por ponerte un ejemplo, las laminas solares de los coches hay unas marcas homologadas por Industria como por ejemplo Solar Check y después te venden en Aurgi/Norauto..etc...., laminas solares mucho más baratas pero sin homologar, si se las pones te pueden sancionar/inmovilizar y la ITV no la pasarás.

Si haces un cambio "artesanal" en un vehículo como por ejemplo en un coche ensancharle los pasos de ruedas tendrás que homologar dicho cambio en la ITV (siempre que el cambio sea legal), hasta entonces no puedes circular con él, porque las características del vehículo no se corresponden con la ficha técnica.

P.D.: Kehise levanta polémica que siempre es grato debatir sobre algo, así tendremos todos las ideas más claras.

P.D.2: Eso si como me lleves la contraria contrato a un rumano para que te parta las piernas.... :mrgreen:

V´sssss
valencia
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Mensajepor valencia » 14 Jul 2007 23:10

MADMAN lee esto:el tomador del seguro tiene el deber,de declarar a la aseguradora,de acuerdo con el CUESTIONARIO a que esta le someta,todas las circunstancias por el conocidas que puedan influir en la valoracion del riesgo(edad, antiguedad del permiso y siniestralidad.)
El tomador del seguro quedara exonerado de tal deber de declaracion si la aseguradora NO LE SOMETE cuestionario alguno.
BIEN esto lo he sacado de las condiciones particulares y repito que la aseguradora en ningun momento me presento cuestionario ninguno,simplemente miro mi historial y me dijo el precio.
SPHICO creo que tu si que has comprendido que a sido un error por parte de ellos,pero yo no les he mentido.
mañana voy a firmar y no les voy a decir yo como han de hacer su trabajo.ya os contare,y si de verdad me ahorro 200 leuros habran cañitas para todos.
Kehise
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Mensajepor Kehise » 15 Jul 2007 01:12

KikoFZ6S escribió:
Kehise escribió:Voy a crear polemica......

Si fuese por no "casar" las caracteristicas tecnicas con las reales.... al cambiar escapes tendríamos que pasar una ITV pero no para el ruido sino porque varía la potencia de la moto y la relacion peso/potencia.


Kehise la razón por la que no tienes que pasar la ITV y reflejarlo en la ficha técnica al cambiar unos escapes es porque los fabricantes ya se han preocupado antes de homologar y certificar el producto en Industria en todos los paises en los que vaya a venderlos, por eso llevan un certificado escrito o grabado en los escapes o una chapita remachada que si que es obligatoria llevar, sino tuviera las homologaciones pertinentes no podrías circular en la vía pública con él y las autoridades te podrían sancionar e inmovilizar el vehículo y por supuesto en la ITV te la echarían para atrás.

Por ponerte un ejemplo, las laminas solares de los coches hay unas marcas homologadas por Industria como por ejemplo Solar Check y después te venden en Aurgi/Norauto..etc...., laminas solares mucho más baratas pero sin homologar, si se las pones te pueden sancionar/inmovilizar y la ITV no la pasarás.

Si haces un cambio "artesanal" en un vehículo como por ejemplo en un coche ensancharle los pasos de ruedas tendrás que homologar dicho cambio en la ITV (siempre que el cambio sea legal), hasta entonces no puedes circular con él, porque las características del vehículo no se corresponden con la ficha técnica.

P.D.: Kehise levanta polémica que siempre es grato debatir sobre algo, así tendremos todos las ideas más claras.

P.D.2: Eso si como me lleves la contraria contrato a un rumano para que te parta las piernas.... :mrgreen:

V´sssss


Pues ve pidiendo pasta porque tiene que ser grande el rumano......

Te discuto, aunque no ti quito la razon y el culpable soy yo por no explicarme bien.

Los escapes homologados son una realidad que ha tendo que asumir el ministerio de industria y regular la situacion pero te invito a una cerveza y a dos si en la homologacion de los escapes encuentras la potencia que da al ser cambiado.
Encontraras el sello de industria y los niveles de ruido emitidos en las pruebas realizadas. Lo mismo no dan los niveles pero si dicen que ha pasado la prueba o si los dan seran en relentí y a medio regimen....peeeero a ver si encuentras algo referente a POTENCIA.

........hhhhhh........ esa homologacion certifica que las emisiones de ruido no son excesivas pero no habla de potencia.
Tambien decir que incluso entre dos modelos iguales con los mismos kilometros los valores de potencia pueden diferir. Por lo que habría que comprobar cual es la nueva potencia con ellos puesto.

Y dime como se llama el rumano que le voy encargando la lapida...... alguien sabe cuan dificil es recoger del suelo sus dientes con las manos rotas????
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KikoFZ6S
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Mensajepor KikoFZ6S » 15 Jul 2007 11:01

Kehise escribió:Pues ve pidiendo pasta porque tiene que ser grande el rumano......

Te discuto, aunque no ti quito la razon y el culpable soy yo por no explicarme bien.

Los escapes homologados son una realidad que ha tendo que asumir el ministerio de industria y regular la situacion pero te invito a una cerveza y a dos si en la homologacion de los escapes encuentras la potencia que da al ser cambiado.
Encontraras el sello de industria y los niveles de ruido emitidos en las pruebas realizadas. Lo mismo no dan los niveles pero si dicen que ha pasado la prueba o si los dan seran en relentí y a medio regimen....peeeero a ver si encuentras algo referente a POTENCIA.

........hhhhhh........ esa homologacion certifica que las emisiones de ruido no son excesivas pero no habla de potencia.
Tambien decir que incluso entre dos modelos iguales con los mismos kilometros los valores de potencia pueden diferir. Por lo que habría que comprobar cual es la nueva potencia con ellos puesto.

Y dime como se llama el rumano que le voy encargando la lapida...... alguien sabe cuan dificil es recoger del suelo sus dientes con las manos rotas????


Kehise el expediente con todos los datos referentes a la homologacion hechos por un laboratorio cualificado: peso, dimensiones, emisiones, características técnicas, vehículos para los cuales el modelo de escape está homologado (y sus correspondientes pruebas (entre las que se incluye potencia), etc..., se las remite el fabricante al órgano competente para su autorización y correspondiente emisión de certificado de homologación y lógicamente ese estudio no puede reflejar unos datos cualquiera es decir que no le homologan un escape si aumenta la potencia del vehículo 50 CV + de potencia, tienen que regirse a unos valores máximos establecidos, cuales??? ni idea.

Cuando compras el producto tú lo que recibes en el mejor de los casos es una fotocopia cutre con ese número de certificado y una referencia con un minúsculo resumen de esos datos, la mayoria de veces solo lleva grabado o anexionado ese número de certificado y referencia el cual identifica y localiza en caso de que algún órgano competente solicite ese informe en Industria.

Lo que no te puedo decir (creo que no) es si se lo facilitan a un particular.

Kehise escribió:
Tambien decir que incluso entre dos modelos iguales con los mismos kilometros los valores de potencia pueden diferir. Por lo que habría que comprobar cual es la nueva potencia con ellos puesto.


Referente a la potencia, el laboratorio homologa un producto en unas condiciones de temperatura, altitud, presión, humedad, etc... determinadas, los cuales pueden ocasionar ligeras variaciones de potencia en diferentes situaciones.... con esto te quiero decir que no solo un escape en las mismas motos y con los mismos kilometros produce diferentes potencia, al igual que si compras dos motos iguales a la vez y la llevas a un banco de potencia, una te puede dar 96,8 y otra 97,4 CV, la homologación a este respecto no es "puñalada de pícaro" y un simple cambio de altitud en nuestro vehículo puede modificar la potencia desarrollada por un motor.

Con esto te quiere decir que tu moto en la ficha pone 98 CV y seguro que no da 98,0 CV, imaginate si tuvieran que comprobar la potencia en cada vehículo, situación, etc... no se podría homolgar y salir a la venta nunca, ¿cual es el margen "de error" de potencia legalmente establecido?? ni idea.

Para que no nos peleemos yo te invito a un birra y tú a mi a otra.... :wink:

El rumano no es grande todo lo contrario mide un metro pero da unos cabezazos en lo huevos...... :D

V´ssss

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