JoseS2 escribió:El 1 de mayo del 2008 (osea, ahora) entra en vigor despues del vacatio legis el artículo 384 del código penal (supongo que lo habeis visto en la tele), y dice:
Tened en cuenta que hasta que no tengais la de antiguedad en vuestro permiso de conducir A (mirad dónde pone valido desde) no teneis carné para conducir motos "grandes".
Artículo 384. El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.
JoseS2 escribió:Si ya es polémico lo de la limitación, más polémico es este tema. Pues cuando conduces una moto de más de 34 Cv y sin limitar con menos de dos años de carné no entras en las condiciones de delito, sino de sanción administrativa ya que no te ha siddo retirado judicial ni administrativamente y tampoco entras en el caso de no haber poseido nunca permiso de conducir pues sí tienes uno, luego no estás en las condiciones anteriores. Con esto no quiero animar a nadie que quite la limitación antes de tiempo, pero así son las cosas
V'ssssssssssssss
albatron escribió:P.D. Ahora si el circular con una motocicleta sin limitar teniendo limitado el permiso de conducir sin duda alguna es una infraccion administrativa, ademas de pasar por itv (a cargo del conductor) para comprobar que realmente no esta limitada.
Nakedman escribió:Hola a todos!
Yo he leido q a partir de septiembre de 2008 los mayores de 24 años q se saquen el permiso A2 q es como se va a llamar el A no tendran q limitar la moto si pasan no se q prueba (esta prueba supongo q la pasaras pa aprobar el examen pero no lo tengo claro) bueno... en resumen q si tu tienes el carnet A aun q no lo tengas 2 años a partir de septiembre podras deslimitar la moto??
No se si estoy diciendo alguna tonteria pero si alguien sabe como esta el tema y lo puede explicar me haria un favor! gracias
fortu escribió:albatron escribió:P.D. Ahora si el circular con una motocicleta sin limitar teniendo limitado el permiso de conducir sin duda alguna es una infraccion administrativa, ademas de pasar por itv (a cargo del conductor) para comprobar que realmente no esta limitada.
¿Esto se puede confirmar de alguna forma o es una opinion?
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 10 invitados