Mensajepor tonnot » 08 Mar 2012 09:41
Hola de nuevo. Bueno el tema es de locos.
Parece ser que se hizo una reforma del manual y pone :
PREÁMBULO.-
"Se debe entender que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos, no debe ser considerada como reforma del vehículo".
CÚPULAS Y PANTALLAS.-
"Las cúpulas cuya instalación no supere el valor máximo de la altura recogida en la homologación de tipo de vehículo o que se puedan desmontar, sin necesidad de ninguna herramienta, no se considerarán reforma".
MANETAS.-
"No se considerará reforma la sustitución de manetas y/o pedales que mantengan la configuración, emplazamiento y dimensiones originales del vehículo".
GUARDABARROS, QUILLAS, PROTECTORES DEL MOTOR, ETC.-
"No tendrá consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables cuando se utilicen los anclajes previstos por el fabricante (ejem.: maletas, baules, alforjas de cuero, bolsas sobredepósito, porta equipajes...). Los soportes base de estos elementos no tendrán consideración de reforma siempre y cuando una vez instalados en la motocicleta no sobresalgan de la anchura máxima del vehículo.
Así mismo, no tendrá consideración de reforma la instalación de altavoces, paramanos, puños calefactables, soportes para GPS, pequeños interruptores/dispositivos para el sistema de alarma o somilar, topes anticaídas y protectores del motor, quillas, deflectores de aire. Los elementos decorativos y molduras que nos sobresalgan del ancho del vehículo tampoco serán considerados reformas".
Vale, a ver mi faldon es una MOLDURA, ELEMENTO DECORATIVO (no sobresale del ancho del vehículo) ???? De ser así, no sería considerado reforma . No ?
Que opinais ?