Mensajepor songocu10 » 29 Ene 2008 18:15
A ver, te voy a recomendar el truco del almendruco.
Supongo que tu tio, llevaba el casco puesto, y que por supuesto no le hicieran una foto de su cara, verdad? Bien, pues él puede alegar, que en el momento de la infracción, él no llevaba la moto, que se la había dejado a un amigo suyo, por lo tanto no es el conductor responsable de la infracción. Bien, pues en las alegaciones, debe de facilitar los datos de otra persona, que no sea español, osea que no tenga residencia habitual en territorio español. Por ejemplo, un tio de Inglaterra, facilitas nombre, apellidos, domicilio en Inglaterra. Con esto tu tio, ya ha cumplido y ha identificado al conductor responsable de la infracción, por lo que debería de continuar el expediente sancionador a nombre de la otra persona. Por regla general, no se suelen tramitar los expedientes sancionadores en materia de tráfico, para otros paises, siempre que sea cuestión de sanción administrativa.
Yo personalmente, nunca lo he hecho, pero normalmente las denuncias a empresas de alquiler de vehículos, cuando identifican a los extranjeros que han cometido la infracción de tráfico, la empresa ya ha cumplido identificando al conductor responsable de la infracción, y como se supone que no se va ha poder notificar la denuncia al extranjero, con domicilio en otro pais, pues se archiva.
Existe una sentencia en Alicante, de una señora que identificó a la conductora de su vehículo, la cual había cometido una infracción. La conductora era marroquí, y al final, aunque fué a contencioso administrativo, archivaron el expediente ya que la señora había identificado al conductor responsable de la infracción, cumpliendo así con su deber, quedando en manos de la administración el poder o no, notificar la denuncia a la conductora marroquí.
No se si te abré solucionado algo, aun así perdona por el tocho, me he puesto a escribir, y todavía me he tenido que cortar. Saludos vssss