Mensajepor albatron » 17 Jun 2010 11:37
Esta claro que con la ultima reforma de la ley de seguridad vial el proposito encubierto es que el personal abone las sanciones.
Pero segun comenta en el blog (lo siento no se de quien es), NO es cierto el tratamiento que se le da a los recursos (al menos donde yo trabajo), aqui la Jefatura envia al agente un documento en el cual se adjunta las alegaciones del denunciado, y en ese mismo documento en su parte derecha (un a4 apaisado) queda espacio para que el agente conteste al recurso (para contestar hace falta haberlo leido), no siendo como indica en el blog una casilla de se ratifica/no se ratifica.
Es mas como norma general se fundamenta (si no se ha realizado ya en el mismo boletin de denuncia) el porque se ratifica o no, (normalmente casi siempre se ratifica, ya que si lo denuncias es porque no cabe duda por el agente).
En cuanto a saber porque se le ha denunciado en el documento enviado por la dgt se adjunta ademas copia del boletin de denuncia.
Si la dgt por iniciativa envia la respuesta: "“Considerando que las pruebas que aporta no desvirtúan ni contradicen los hechos declarados por los agentes sancionadores y las pruebas aportadas por los mismos, se desestima su recurso. Esta Resolución pone fin a la vía administrativa; tiene usted derecho a contencioso”." creo que queda claro que no es necesario la ratificacion del agente (p.e. denuncia uso movil, se recurre porque era una urgencia, ya estas reconociendo que lo usabas)
Saludos.
P.D. Creo que me voy a cambiar el nick por tochoman.