Mensajepor gogua » 14 Dic 2006 15:29
Hola!
esto lo he sacado de atimpex. FAQ's
8. Como tengo algunos conocimientos de mecánica... ¿ podría en ese caso yo mismo instalar el kit ?
No, no es posible que un particular pueda instalar el kit, es obligatorio que un taller autorizado lo instale y lo certifique.
9. ¿ Vale cualquier taller para que me instale y certifique la instalación del kit ?
Si, cualquier taller vale siempre y cuando dispongan de Nr. de Registro Industrial y Nr. de Registro Especial en su caso dependiendo de qué comunidad autónoma se trate.
10. ¿ Es necesario que sea un taller oficial de la respectiva marca quien tenga que hacer la instalación ?
No, no es necesario. Vale cualquiera según lo indicado en la anterior respuesta.
11. ¿ Qué tengo que hacer una vez recibido el kit y la documentación ?
1) acudir a un taller autorizado para que instalen el kit y emitan el correspondiente Certificado de Taller.
2) una vez instalado el kit, llevar la moto a cualquier estación ITV para su inspección.
12. ¿ Qué documentos tengo que llevar a la ITV para pasar la inspección para la legalización del kit ?
- Certificado del taller
- Informe Técnico del Laboratorio
- Ficha Técnica
- Permiso de circulación
13. ¿ Tengo que ir personalmente a la ITV para pasar la inspección de mi moto ?
No, no es obligatorio. Puede ir cualquier persona.
14. ¿ Cuánto cuesta pasar la inspección de ITV para la legalización del kit ?
Cada Comunidad Autónoma fija sus propias tarifas aunque suele ser en un intervalo comprendido entre 15 y 25 euros.
15. ¿ Cuánto me puede cobrar el taller por la instalación del kit ?
Depende de la tarifa que aplique el taller y del tiempo empleado; como referencia podemos decir que la media de tiempo se puede situar aproximadamente en dos horas.
16. En la ITV aparte de comprobar la instalación del kit y su documentación... ¿ hacen otra clase de comprobaciones ?
Si, aparte del kit tienen la obligación de comprobar la documentación y otros componentes de la moto como luces, ruidos, nivel de contaminación, desgaste y medidas de neumáticos, capacidad de frenado, estado general, etc......
17. Yo no quiero que mi moto esté realmente limitada a 25 kw, a mí solamente me interesa que figure en la ficha técnica... ¿ puedo conseguir solamente de ATIMPEX el informe técnico sin las piezas ?
No, nuestros kits se venden únicamente en su conjunto.
18. La ficha técnica de mi moto indica que está limitada a 25 kw. pero por uno u otro motivo no tiene instalado el kit... ¿ puedo conseguir de ATIMPEX solamente el kit de piezas sin el informe técnico ?
Sí, en este caso podemos hacer una excepción ya que se contribuye a la plena legalización de la situación.
19. ¿ Qué clase de riesgos asumo si una vez pasada la ITV decido quitar el kit por mi cuenta ?
Los riesgos son grandes, especialmente cuando es como consecuencia de cometer una infracción o estar involucrado en un accidente de Tráfico. Y más aún con la entrada en vigor del nuevo permiso por puntos. Por ello nuestra recomendación es la de aguantar pacientemente hasta el final del periodo de dos años.
20. ¿ Tienen la Policía Local, Autonómica o Guardia Civil la posibilidad de retener mi moto para comprobar si el kit está instalado o no ?
Totalmente. Ante la sospecha de infracción pueden proceder a retener la moto y a verificar en un taller si el kit estaba instalado o no.
21. ¿ Cómo afecta la instalación del kit en el funcionamiento general de la moto ?
No tiene porque suceder ningún hecho anormal aparte de la circunstancia que la moto ahora camina menos. No obstante comentar que los kits restan la potencia en regímenes altos sacrificando menos potencia en bajos y medios de tal forma que en tráfico urbano y en zonas viradas no demasiado rápidas la diferencia entre una moto full power y otra limitada del mismo modelo no resulta exagerada.
Una consecuencia lógica a comentar es la reducción del consumo de combustible en todos los casos.
22. ¿ Puedo conducir una motocicleta limitada a 25 kw. con el permiso de conducción tipo B para automóviles ?
No, con la convalidación del permiso de conducción B por el A1 solo se pueden conducir motos de hasta 125 cc, con menos de 11 kw de potencia (15 cv.), con una relación potencia / peso de 0,11 kw / kilo y cuyo titular esté con más de tres años en posesión del mismo.
23. Una vez transcurridos los dos años en los cuales existía la obligatoriedad de llevar el kit instalado.... ¿ qué tengo que hacer ?
Si decides no quitarlo sigues estando completamente legal.
Si decides quitar el kit es obligatorio legalizar la deslimitación siendo el proceso como sigue:
- Ir a un taller para que desinstale el kit y emita el Certificado de Taller.
- Solicitarnos un Informe Técnico del Laboratorio de restitución.
- Ir a la ITV con los anteriores documentos y los de la moto.
24.- ¿ Qué normas regulan todo lo relativo a los kits de limitación a 25 kw ?
El Real Decreto 736/1988 y la Orden CTE/3191/2002, luego modificada el 16/06/2004
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha compilado toda la información al respecto en un texto llamado Manual de Reformas de Importancia.
Saludos.