¿Esto es una multa? Mirar foto...

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Alex
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Mensajepor Alex » 17 Mar 2010 00:16

Tengo el papel de mi hospi, mañana le hago una afoto y la cuelgo, aunque no multan, porque los cuerpos de vigilancia privados no tienen esa potestad, pero si pueden advertir a un posible comportamiento negativo...

A no ser que pasara por allí un poli...pero que lo dudo, porque las recetas son diferentes XD
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xuncall
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Mensajepor xuncall » 17 Mar 2010 02:14

Gracias otra vez compi ;)
danigonzalez
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si es una denuncia

Mensajepor danigonzalez » 18 Mar 2010 18:12

Es una denuncia, pero una denuncia al que te la ha puesto y al ayuntamiento por tener a un tio rellenando denuncias sin saber escribir.
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Padre Migué
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Mensajepor Padre Migué » 18 Mar 2010 20:31

Desde mi punto de vista, eso es papel mojado.

Primero en todo caso es una denuncia nunca una multa, multa, en este caso, es una consecuencia de la sancion, que impne aqui el alcaalde.

Si es denuncia, ¿porque?, por que denuncia significa poner en conocimeinto de la Autoridad un hecho faltoso o delictuoso

¿Es correcta la denuncia como parece que si?, desde el punto de vista de que sea una denuncia formulada, por un Agente de la Autoridad, no, no lo es, por que aunque los vigilantes Jurados, se consideren Agentes de la Autoridad, en el ejercicio de sus funciones, es eso, solo en el ejercicio de sus funciones, y el control y vigilancia del trafico, no son sus funciones.

Al punto anterior, podemos añadir lo que ha dicho Albatron sobre, hecho denunciado, posiblilidad de recurso, Agente denunciante, etc...

¿Entonces es denuncia?, si es una denuncia formulada por un particular, para estos es un deber, para los "profesionales" es un obligacion, pero, no figura el denunciante, y como las denuncias entre particulares, estan supeditadas a la presuncion de inocencia, es el denunciante el que debera aportar la pruebas necesarias inculpatorias, peroooooooo, que denunciante, si no esta identificado, como es su obligacion.

Otra cosa es que el Ayuntamiento se salte a "pìola", y te meta por procedimiento Administrativo, que es la Ley mas Hija de Pu....., que se ha inventado, por que entre otras cosas, primero te casca y luego reclamas.

Esto ultimo lo dudo, creo que es un papel para meter miedo

NOTA: el Servicio gallegop de Salud, no puede denunciar solo curar

Un saludo y perdon por el tocho
Dios te salve, cerveza.
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quiquetex
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Mensajepor quiquetex » 19 Mar 2010 03:12

DOSDOLAGIAL escribió:Desde mi punto de vista, eso es papel mojado.

Primero en todo caso es una denuncia nunca una multa, multa, en este caso, es una consecuencia de la sancion, que impne aqui el alcaalde.

Si es denuncia, ¿porque?, por que denuncia significa poner en conocimeinto de la Autoridad un hecho faltoso o delictuoso

¿Es correcta la denuncia como parece que si?, desde el punto de vista de que sea una denuncia formulada, por un Agente de la Autoridad, no, no lo es, por que aunque los vigilantes Jurados, se consideren Agentes de la Autoridad, en el ejercicio de sus funciones, es eso, solo en el ejercicio de sus funciones, y el control y vigilancia del trafico, no son sus funciones.

Al punto anterior, podemos añadir lo que ha dicho Albatron sobre, hecho denunciado, posiblilidad de recurso, Agente denunciante, etc...

¿Entonces es denuncia?, si es una denuncia formulada por un particular, para estos es un deber, para los "profesionales" es un obligacion, pero, no figura el denunciante, y como las denuncias entre particulares, estan supeditadas a la presuncion de inocencia, es el denunciante el que debera aportar la pruebas necesarias inculpatorias, peroooooooo, que denunciante, si no esta identificado, como es su obligacion.

Otra cosa es que el Ayuntamiento se salte a "pìola", y te meta por procedimiento Administrativo, que es la Ley mas Hija de Pu....., que se ha inventado, por que entre otras cosas, primero te casca y luego reclamas.

Esto ultimo lo dudo, creo que es un papel para meter miedo

NOTA: el Servicio gallegop de Salud, no puede denunciar solo curar

Un saludo y perdon por el tocho



Si señor "VIVA LA GUARDIA SIVIL". :wink:
La grandeza de una nacion y su progreso moral pueden ser juzgados por la forma en que son tratados sus animales.MAHATMA GANDHI.
Alex
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Mensajepor Alex » 19 Mar 2010 16:43

Esto es una fotocopia de los papeles que les ponen a los vehículos cuando estos estacionan mal...

Imagen


Y como los propios agentes del hospital (de empresa privada) según ellos sólo pueden advertir, y llamar a la grua si el vehículo entorpece en questiones de la practica diaria de las actividades de dicho centro (Entrada y salida de los servicios de urgencia, y ambulancias de transporte sanitario, y hasta incluso los camiones que llevan las mercancias a la zona de almacen)

Pues lo dicho....hechale una ojeada, y espero que te sirva! ;)

Un Saludo.

Àlex.
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Padre Migué
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Mensajepor Padre Migué » 19 Mar 2010 17:34

Entre los dos "papeles", por que son eso, papeles; existen claras e importantes diferencias.

en el "gallego" (llamemoslo asi, jaja), entre otras cosas pone hecho denunciado, hora de la denuncia, etc, y un pie de escrito que va dirigido al ilmo sr alcalde, mismo pie que se utiliza en instancias, escritos de: recurso, peticion, denuncia; y tiene formato de denuncia.

Sin embargo, en el "catalan" (jaja), es un mero documento informtivo, sin intentar parecerse a una denuncia.

En ambos existe un pequeño detalle que no podemos pasar por alto;

SE AVISA GRUA, partiendo de la base que el servicio de grua (entre otros, ejem. bomberos) sera abonado, por la persona que lo solicita, salvo que como consecuencia de una infraccion, y tras la formulacion del correspondiente boletin de denuncia, por UN AGENTE, que en este caso pagara el servicio de grua el infractor.
Y como quiera que sea, que ha quedado claro que los vigilantes no tienen competencias en cuestion de trafico y que ambos documentos en ningun momento, tienen caracter de boletin de denuncia. si cuando llegueis al lugar no se encuentra vuestra moto, adivinad, quien paga ell servicio de grua.

La empresa de seguridad no, el vigilante que la ha llamado

y como son conocedores de eso, si os dais cuenta en ninguno de los dos "papeles", se hacen constar datos de la persona que avisa grua, en el catalan, no exixte, y en el gallego, el que mas se parece a una denuncia, lo obvia.

Un saludo, y otro tocho
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