ARTICULO DEL ULTRA-CANON
Temen que se imponga un ultra canon en soportes digitales
La Asociación de Empresas de Electrónica, Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones de España (AETIC), teme que se imponga un "ultra canon" por copia privada en dispositivos y soportes digitales, y solicita un sistema transparente, con base real y acorde a la legislación.
AETIC ha hecho público un comunicado en el que denuncia que las 8 entidades de gestión de derechos de autor, pugnan por imponer una tasa que denomina "ultra-canon", que en algunos productos puede llegar al cien por cien del precio. La SGAE va más allá que busca que los proveedores de Internet paguen un canon por cada línea ADSL ya que todos los usuarios pueden descargar contenidos protegidos a través de las redes de intercambio como emule, kazaa o Bittorrent.
Las entidades gestoras y las industrias de tecnologías negociaron durante cuatro meses un acuerdo sobre el canon por "compensación por copia privada" pero no llegaron a ningún tipo de acercamiento, por lo que ahora tiene el Gobierno un plazo que termina dentro de un mes para tomar una decisión.
En nota de prensa, AETIC afirma que las entidades gestoras reclaman un incremento del canon 200 veces superior al que surgen de los estudios de "reconocida solvencia, por presuponer que tanto los dispositivos como los soportes digitales se emplearán en vulnerar derechos de autor".
AETIC afirma que el porcentaje de dispositivos que se emplean para copiar es en realidad mínimo e insta "a los poderes públicos que se acometa una reforma del canon sustituyendo el "ultra-canon" que se pretende implantar por un sistema transparente".
Recuerda que la medida gravará productos como los CD, DVD, los reproductores de Mp3 y DVD, ordenadores portátiles, tarjetas de memoria para teléfonos móviles o cámaras de foto digitales.
La Asociación dice además que el "ultra-canon" afectará a todos los españoles sin excepción, ya que todos los soportes digitales tendrían que pagar el canon
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La SGAE insiste en un canon para el ADSL porque afirman que el P2P es ilegal
Según publica El Mundo, el director de los Servicios Jurídicos de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Pablo Hernández, afirmó que las descargas de películas a través de Internet constituyen 'piratería', ya que la transacción de estos "contenidos protegidos" no cuenta con la autorización del autor. También reconoció que "perseguir a los particulares que se bajan películas en sus hogares es imposible". Hasta la fecha, en España sólo ha habido 'advertencias' a los usuarios.
En este sentido, Hernández abogó por que sean los operadores de telecomunicación los que asuman el pago por los derechos de autor de los contenidos que explotan a través de la banda ancha, y por supuesto si se diera el caso de que tuvieran que pagar a la SGAE, los propios operadores cobrarían a los usuarios el canon por cada línea de banda ancha.
Hernández, que intervino en el I Encuentro de Creadores Audiovisuales que se ha celebrado en Córdoba, explicó que en las descargas en la Red no interviene ningún "soporte físico", por lo que se trata de "tráfico electrónico".
Así, dijo que esta práctica, que se realiza a través de programas de intercambio de archivos entre particulares (P2P), es distinta de las copias privadas en soportes como el CD o el DVD, que sí están autorizadas y pagan un canon por derechos de autor.
Según Hernández, "el 80% de las descargas que se hacen en Internet son de contenidos protegidos", por lo que, para regular esta "nueva realidad", sería necesaria una modificación de la Ley de Comercio Electrónico, que es a su vez una trasposición de una directiva europea.
El Partido Popular ha presentado una Proposición de Ley para modificar el artículo 25 de la LPI, mediante la cual se excluiría de pagar canones a los productos informáticos. Otros grupos políticos como Izquierda Unida se han manifestado contra el canon podría haber alguna esperanza de su aprobación. De ese modo no se aplicaría el canon “.. a los programas de ordenador, los equipos informáticos, las conexiones a Internet, los soportes en cds y dvds, así como cualquier otro dispositivo informático y sistemas de almacenamiento y/o reproducción digital.."
la Mesa del Senado
El Grupo Parlamentario Popular en el Senado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 108 del Reglamento de la Cámara, tiene el honor de presentar la siguiente PROPOSICIÓN DE LEY para su debate en el Pleno.
Exposición de motivos
Que España necesita consolidar los avances tecnológicos de la sociedad de la información y extender sus beneficios a todos los ciudadanos es una premisa que ninguna institución, ningún grupo político pone ya en duda.
Sin embargo a veces desde la misma sociedad surgen trabas que lo único que hacen es ralentizar nuestro despegue hacia la sociedad del conocimiento. El 1 de septiembre de 2003 entró en vigor un acuerdo firmado por ASIMELEC (Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones) y las entidades de gestión de derechos de autor (SGAE, CEDRO, AISGE, AIE, EGEDA y DAMA) por el que fijaban la imposición de un canon a todos los soportes digitales vírgenes. La justificación que hacen estas entidades del canon, como remuneración para resarcir la pérdida de ingresos de los autores, es que la mayoría de los cds
se utilizan para copiar canciones y se acogen al artículo 25 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, que establece que la reproducción realizada exclusivamente para uso privado de obras divulgadas en forma de libros ,así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, originará una remuneración equitativa y única dirigida a compensar los derechos de propiedad intelectual.
Es una tasa indiscriminada, pues ha de pagarla tanto el que quiera hacer una copia privada de una obra musical o videográfica, como el que quiera tener archivadas sus fotos personales o el que quiera hacer una copia de seguridad de los documentos que guarda en el ordenador de su lugar de trabajo.
Lo que no han tenido en cuenta estas entidades privadas es que el Texto Refundido de la ley de Propiedad Intelectual hace referencia explícita a la música y al vídeo, cuando los cds son utilizados mayoritariamente para usos distintos y que en ese mismo artículo 25 al que se acogen las entidades, en su apartado 3, excluye del pago de esta remuneración a los programas de ordenador.
Numerosas colectivos han denunciado desde la sociedad este canon, desde organizaciones de consumidores a asociaciones de ingenieros informáticos, desde los colectivos de internautas hasta algunos partidos políticos e incluso el Consejo General de la Abogacía, mientras que desde las entidades gestoras de los derechos de autor se hacen públicas intenciones de extender este canon a los discos duros, a los MODEM e incluso a las líneas de adsl, medidas todas ellas que lo único que harían es alejarnos de esa universalización y democratización de las nuevas tecnologías que nuestro país debe tener como meta prioritaria.
Por ello el Grupo Parlamentario Popular presenta la siguiente Proposición de Ley para que se modifique el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
PROPOSICIÓN DE LEY
Para que se modifique el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
Artículo único.
El apartado 3 del artículo 25 quedará redactado de la siguiente manera:
«3.Lo dispuesto en los apartados anteriores no será de aplicación a los programas de ordenador, los equipos informáticos, las conexiones a Internet, los soportes en cds y dvds, así como cualquier otro dispositivo informático y sistemas de almacenamiento y/o reproducción digital.»
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Palacio del Senado, 3 de marzo de 2005.
--El Portavoz, Pío García-Escudero Márquez.
Fuente:
http://www.elotrolado.net
Asociación de Internautas:
http://www.internautas.org
Manifiesto de la Asociación de Internautas contra el canon de los CDs y DVDs virgenes grabables
PERSONALMENTE, me parece inconstitucional que se establezca la presuncion de que si compras un cd o dvd virgen vas a realizar copias sin permiso del autor. Muy al contrario, demuestrenme que no voy a copiar archivos propios en los mismos.
Es que es imposible perseguir la pirateria en los hogares!!! ES SU PROBLEMA, NO EL MIO, PERO NO ME META EN EL SACO PORQUE USTED NO ES CAPAZ DE DEMOSTRAR QUIEN DELINQUE.
Ademas, nos quieren cobrar por el mismo concepto varias veces. Una por tener ADSL y bajarnoslo, otra por la posibilidad de copiar eso mismo en un DVD, otra por la posibilidad de guardarlo en el disco duro, otra por la posibilidad de guardarlo en el mp3, otra por la posibilidad de reproducirlo en la radio del coche, .......
Por otra parte, la puta mafia de Ana Belen y compañia, que van de progres y son los que mas pasta amasan en éste pais se siguen forrando porque los dejamos. La Sociedad General de Autores en España tiene una influencia desmesurada y claramente mafiosa. A ver si prosperan proposiones de ley éste tipo y acabamos con el chollo de esta gentuza.
P.D. Pin, se que la pirateria hace daño a los videoclubs...¿pero la SGAE te paga a ti una compensación economica por lucro cesante, ya que eres igualmente un perjudicado? Solo lo quieren calentito para ellos y al resto, que nos den por el ojal.
PERDON POR EL LADRILLO