
A ver si algien sabe responderme una duda... el caso es que tengo la moto limitada en papeles y e estado pensando en limitarla aprobechando que esta no tiene precinto, el caso es que en la documentacion pone lo siguiente.
limitacion del recorrido del acelerador a 25kw y relacion potencia/peso (lo que sea...) nivel de ruido de motor en parado de 58db (A) 5250rpm
Mi duda reside en la rpm... desconozco si quiere decir que ese es el nivel de ruido a esas rpm o que el motor limitado no pasa de 5250rpm.
A ver si alguno podeis sacarme de la duda.
v,sss