andas muy equivocado tio yo puedo cometer una infracion de trafico pero si tu cometes otra con causa a terceros que soy yo tu te la comes pero bien por que a mi me pueden sancionar poir ir por el arcen y ati por apearte en un lugar donde no debes con consecuencias para un terceroloco escribió:Josel_FZ&
Por diós, abrir una puerta de un vehiculo no es poner un obstaculo en la via, seamos serios...
Esta claro, según tu, una motocicleta que circula a 230 km/h por la autopista, carril izquierdo es sancionable, cierto y claro, hasta allí de acuerdo los dos.
Y si dicha motocicleta, mas adelante, se lleva por delante la puerta abierta de un vehiculo, que está parado en caravana, la culpa es del gilipollas de la puerta por haver puesto un obstaculo, si, si, podemos decir que no solo puso la puerta, nos puso todo el coche, que coño hacia el allí, la via tenia que estar libre para nosostros...
El de 230 km/h multita y pa casa y el otro tiene la culpa del accidente por ir poniendo obstaculos en la calzada, no me jodas, no te enfades, seamos serios.
Saludos y Ráfagaaaaaaaaaaaaaaaaaassssssss
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