Ya se que es un tema muy trillado, pero todavía tengo algunas dudas al respecto y no he encontrado toda la información que necesitaba.
Voy a cambiar los intermitentes a mi niña por unos de leds, además del piloto trasero que se lo voy a poner en blanco con leds rojos y también de paso le cambio el portamatrículas, la luz de la matrícula (de leds también) y el catadióptrico.
Todos los elementos que tengo, salvo el portamatrículas, que es regulable en inclinación (pero ya tengo preparado un apaño para que deje de tener esta regulación y así hacerlo "legal") están hologados, es decir, con su código de homologación y tal pero la pregunta va por otro lado.
La cuestión que se me plantea es si estas modificaciones las tengo que reflejar en la tarjeta de la ITV, es decir si tengo que ir a una ITV para que me "hologuen" (homologación de tipo) dichas modificaciones.
Ya se que el portamatrículas, la luz del portamatrículas y el catadióptrico no son modificaciones que se deban de reflejar en la tarjeta de la ITV, pero lo que no tengo tan claro es lo de los intermitentes y el piloto.
No es un problema de pasar o no la ITV que es creo el menor de los problemas porque hasta el año que viene no me toca y si me pusieran alguna pega con volver a poner los originales lo tendría resuelto.
El problema es que quiero ir legal en todos los sentidos y no dar ninguna excusa para que me multen, que según parece, aunque a mí todavía no me ha tocado, aquí en Madrid la cosa se está poniendo un poquito complicada (tenemos que pagar las obras de la M-30)
Alguien me puede ilustrar al respecto???