al igual!!!! escribió:estas en la misma situacion que estava yo hace nada,compre la moto limitada en papeles,y sin pensarlo la limite mecanicamente,es sencillo,el taller te cobrara mas o menos lo mismo,bueno igual menos,por que ni te tienen que pasar la ITV ni nada,debido a que ya esta pasada por que esta limitada en la documentacion,solo montar una pieza y ya esta.
El comportamiento en mi opinion cambia mucho,ahora no hace falta que te diga nada,simplemente mira el recorido del puño ahora,y ya me diras cuando te la limiten el recorrido que tiene,sobran todas las palabras.
Ahora da igual lo que te digan,yo de ti la limitaria,siempre estaras seguro que tu moto esta dentro de la ley,date cuenta que si no esta limitada,tu no tienes carnet para llevarla con lo cual,estas llevando un vehiculo sin carnet,las consecuencias creo que las sabes.
fortu escribió:bueno, solo deciros una cosa, si quereis limitarla teneis que poner la misma limitacion que viene en la tarjeta de inspeccion, asi que los que os habeis comprado la moto de segunda mano y no os ha dado el dueño primero la limitacion original teneis un serio problema, yo estoy en ese caso, y os explico xq.
La limitacion no es una simple chapita, sino que esta chapita viene con su numero de serie y es la misma que viene en la documentacion, asi que no vale ponerle cualquier limitacion u otra diferente a la original, ya que el numero de serie no coincide de tal manera que tampoco vale pasarse la limitacion de un amigo a otro, si os paran normalmente van a mirar la limitacion pero si se fijan en el numero de serie van a ver que no coincide con lo cual se os viene el problema encima.
Si podeis coger la limitacion original con la chapita original mejor que mejor si no, ya sabeis a lo que os esponeis....
un saludo
v'sssss
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